Bono Social Gas & Power
Qué es el Bono Social Gas & Power y cómo funciona
El Bono Social es un mecanismo de descuento en la factura eléctrica destinado a proteger a determinados colectivos de consumidores que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica o social. Se trata de una medida regulada por el Gobierno a través del Real Decreto 897/2017 y sus posteriores modificaciones, que fija los criterios socioeconómicos necesarios para acceder a él. La Comercializadora Regulada Gas & Power, S.A., como comercializadora de referencia, aplica este descuento a sus clientes que reúnen las condiciones establecidas.
Actualmente existen dos modalidades de Bono Social que se perciben de forma conjunta:
Bono Social Eléctrico: descuento en la factura de electricidad para consumidores vulnerables.
Bono Social Térmico: ayuda económica anual destinada a la energía utilizada para calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, siempre que el solicitante sea beneficiario del Bono Social eléctrico.
El Bono Social Eléctrico se aplica sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). Esto significa que el solicitante debe tener contratado el PVPC – tarifa regulada que sólo puede ofrecer una comercializadora de referencia – para su vivienda habitual. La potencia contratada debe ser igual o inferior a 10 kW.
En el caso de Gas & Power, los descuentos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026 están fijados en el Real Decreto‑ley 2/2026 y se sitúan en un 42,5 % para consumidores vulnerables y un 57,5 % para consumidores vulnerables severos. Estos descuentos se aplican sobre el término de energía y de potencia del PVPC.
Requisitos generales y categorías de vulnerabilidad
Para acceder al Bono Social es imprescindible que el titular del contrato sea una persona física, que el punto de suministro corresponda a la vivienda habitual y que esté acogido al PVPC (o acepte formalizar un contrato de PVPC en el momento de la solicitud) con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW. Además, se han establecido diferentes categorías de vulnerabilidad en función de la situación económica y social del solicitante.
Requisitos para ser consumidor vulnerable
Se considerará consumidor vulnerable a quien cumpla al menos una de las siguientes condiciones:
Umbral de renta: que la renta del titular o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.600 €/año). Este multiplicador aumenta en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad (2.520 €/año) y en 0,5 por cada menor de edad (4.200 €/año). Si concurren circunstancias especiales (discapacidad reconocida ≥ 33 %, víctima de violencia de género o terrorismo, dependencia de grado II o III o ser familia monoparental), el multiplicador se incrementa en 1 IPREM.
Título de familia numerosa: estar en posesión del título de familia numerosa en vigor.
Pensionistas con pensión mínima: que el consumidor (o todos los miembros con ingresos de la unidad de convivencia) sea pensionista del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente y perciba la cuantía mínima vigente, sin otros ingresos que superen 500 € al año.
Beneficiario del Ingreso Mínimo Vital: que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
Requisitos para ser consumidor vulnerable severo
Se considerará consumidor vulnerable severo cuando, cumpliendo las condiciones de consumidor vulnerable, se den además alguna de las siguientes situaciones:
Renta ≤ 50 % del umbral de consumidor vulnerable: que la renta anual de la unidad de convivencia sea igual o inferior al 50 % del límite que corresponde al consumidor vulnerable.
Familia numerosa con renta ≤ 2 IPREM: estar en posesión del título de familia numerosa y que la renta anual sea igual o inferior a 2 veces el IPREM (16.800 €/año).
Pensionistas con renta ≤ 1 IPREM: cuando el consumidor o la unidad de convivencia sea pensionista con pensión mínima y la renta anual no supere 1 IPREM (8.400 €/año).
Consumidor en riesgo de exclusión social
Se considerará consumidor en riesgo de exclusión social a aquel que, además de cumplir las condiciones de vulnerable severo, esté siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que asumen al menos el 50 % del importe de su factura a PVPC. En estos casos el suministro no puede ser interrumpido por impago.
Descuentos y límites de consumo
El descuento aplicable a la factura eléctrica depende de la categoría en la que se encuentre el beneficiario. Según el Real Decreto‑ley 2/2026, estos porcentajes se mantienen de forma excepcional del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026: 42,5 % para consumidores vulnerables y 57,5 % para consumidores vulnerables severos. Finalizado ese periodo, la normativa prevé descuentos habituales del 35 % y 50 %, respectivamente.
Los descuentos se aplican sobre el término de energía y el término de potencia del PVPC, hasta un límite máximo anual de energía con derecho a descuento. La energía consumida por encima de ese límite se factura al precio PVPC sin bonificación. Los límites anuales de energía dependen del tamaño de la unidad de convivencia:
Unidad de convivencia formada por dos personas o demandante individual: 1.587 kWh/año.
Tres personas, pensionistas con pensión mínima o dos personas con un menor: 2.222 kWh/año.
Cuatro personas o tres personas con dos menores: 2.698 kWh/año.
Cinco o más personas, cuatro personas con tres menores o familias numerosas: 4.761 kWh/año.
El descuento se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que se reciba la solicitud completa, siempre que hayan transcurrido al menos 15 días hábiles desde la recepción. En caso contrario, comenzará en la factura siguiente.
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Documentación necesaria para solicitar el Bono Social
Además del formulario de solicitud, el solicitante debe reunir la siguiente documentación, tal y como exige la normativa:
Modelo de solicitud oficial, disponible en la web de cada comercializadora de referencia y en la de Gas & Power.
Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de suministro y, cuando corresponda, de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años, así como de los menores que dispongan de documento de identidad.
Certificado de empadronamiento individual o conjunto de todos los miembros de la unidad de convivencia.
Libro de familia, certificado de nacimiento o certificado de matrimonio; para parejas de hecho se admite certificado de inscripción o documento público equivalente.
Para familias numerosas: copia del título de familia numerosa en vigor.
En caso de alegar circunstancias especiales (discapacidad ≥ 33 %, violencia de género, terrorismo, dependencia, familia monoparental), aportar el certificado o resolución correspondiente.
Si se solicita por Ingreso Mínimo Vital, presentar documento que acredite ser beneficiario de dicha prestación.
En el caso de Gas & Power, su web facilita un resumen de los documentos que se deben adjuntar según el motivo de la solicitud: formulario de solicitud cumplimentado, NIFs/NIEs, certificado de empadronamiento y libro de familia para todos los supuestos, y el título de familia numerosa o el documento acreditativo del Ingreso Mínimo Vital cuando proceda. Recuerde que la hoja individual del Registro Civil puede sustituirse por una declaración responsable del solicitante.
Cómo solicitar el Bono Social con Gas & Power
Solicitar el Bono Social con Gas & Power es un proceso gratuito que se puede realizar por varios canales. A continuación se detallan los pasos recomendados:
Paso 1 – Comprobar si se cumplen los requisitos
Antes de iniciar la solicitud conviene verificar que se cumplen las condiciones generales (ser titular de un punto de suministro de la vivienda habitual con PVPC y potencia ≤ 10 kW) y alguna de las circunstancias de vulnerabilidad definidas anteriormente. Para ayudar a los usuarios a comprobar su situación, la CNMC ofrece una tabla de límites de renta y los requisitos específicos.
Paso 2 – Preparar la documentación
Una vez comprobados los requisitos, reúna toda la documentación exigida (modelo oficial, copias de los documentos de identidad, certificado de empadronamiento, libro de familia, título de familia numerosa o acreditación de la pensión mínima o del Ingreso Mínimo Vital, y certificados de circunstancias especiales si corresponden). Es importante que las copias sean legibles y que se adjunte la declaración responsable cuando se sustituya la hoja individual del Registro Civil.
Paso 3 – Rellenar el formulario
Gas & Power ofrece el formulario oficial en su web y en sus tiendas. El impreso debe rellenarse con los datos del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia. En el caso de solicitar el bono por renta, hay que consignar los datos de la base imponible general y del ahorro de la última declaración de la renta. Para evitar errores, conviene revisar que el número CUPS, la potencia contratada y el IBAN del titular están correctamente anotados. El solicitante debe firmar el formulario y recabar la firma del resto de miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años..
Paso 4 – Enviar la solicitud por los canales oficiales
Gas & Power dispone de varios canales para remitir la solicitud y la documentación completa:
Área de clientes: los clientes que ya están registrados pueden acceder a su área de cliente y, en la sección Otras gestiones > Bono Social, cumplimentar el formulario en línea y adjuntar los documentos necesarios. Muchas de las informaciones de contacto se encuentran pre-cargadas, lo que agiliza el trámite y permite hacer seguimiento del expediente en un plazo aproximado de 24 horas.
Correo electrónico: se puede enviar el formulario y la documentación escaneada a la dirección de correo bonosocial@comercializadoraregulada.es.
Tiendas Naturgy: Gas & Power indica que los solicitantes pueden acudir, con cita previa, a una tienda Naturgy para cumplimentar la solicitud y presentar la documentación.
Correo postal: también es posible remitir toda la documentación al Apartado de Correos nº 61084, 28080 Madrid. En este caso conviene enviar la solicitud por correo certificado para conservar un justificante.
Una vez recibida la documentación completa, el comercializador dispone de 10 días hábiles para comunicar el resultado de las comprobaciones. Si la solicitud es aprobada, el descuento se aplicará a partir del primer día del ciclo de facturación en que se reciba la solicitud completa y aparecerá en la factura emitida al menos 15 días hábiles después. Si la solicitud es denegada, Gas & Power debe indicar los motivos y se puede interponer reclamación ante los servicios de consumo correspondientes.
Bono Social Térmico: qué es y cómo se percibe
El Bono Social Térmico es un programa de ayuda para los consumidores vulnerables destinado a compensar los gastos de energía para calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de la fuente utilizada. Su objetivo es complementar el descuento del Bono Social eléctrico.
Para ser beneficiario del Bono Social Térmico se deben cumplir dos requisitos:
Ser beneficiario del Bono Social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.
No haber renunciado a la ayuda concedida en años anteriores.
No es necesario realizar una solicitud adicional: las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía son responsables de la gestión y pago de esta ayuda. El importe de la prestación se calcula en función de la zona climática donde se encuentra la vivienda habitual y del grado de vulnerabilidad del beneficiario, y se abona mediante un pago único anual. La cantidad total está sujeta a los límites presupuestarios de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. MITECO se encarga de distribuir los fondos entre las Administraciones competentes, que posteriormente realizan el pago.
Vigencia, renovación y seguimiento del Bono Social
El Bono Social eléctrico tiene una vigencia de dos años desde la fecha en que se reconoce la ayuda. Transcurrido este periodo, se renueva de forma automática por otros dos años siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. Hay, no obstante, algunas excepciones en las que la renovación no es automática y será necesario presentar una nueva solicitud:
Familias numerosas: su Bono Social se mantiene vigente mientras lo esté su título de familia numerosa; al caducar éste, deben solicitar la ayuda de nuevo.
Falta de consentimiento de miembros mayores de 14 años: si al finalizar el plazo no existe el consentimiento de todos los miembros mayores de 14 años con capacidad para obrar, se debe presentar una nueva solicitud.
Beneficiarios anteriores al 31 de marzo de 2022: estos tienen derecho a una primera renovación automática, pero posteriormente deberán volver a solicitar la ayuda.
El comercializador de referencia debe comprobar, con dos meses de antelación al vencimiento, si el beneficiario sigue cumpliendo los requisitos y comunicar en la factura la fecha de renovación o de expiración del Bono Social. Asimismo, el consumidor está obligado a comunicar cualquier cambio que suponga la pérdida de la condición de vulnerable en el plazo de un mes.
Incompatibilidades y errores habituales
Aunque el Bono Social es una ayuda esencial para muchos hogares, existen ciertas situaciones en las que se puede perder el derecho o la solicitud puede ser denegada. Las siguientes recomendaciones ayudarán a evitar errores frecuentes:
No cumplir las condiciones del PVPC: para beneficiarse del Bono Social es obligatorio estar acogido al precio PVPC y no tener potencia contratada superior a 10 kW. Cambiar a una tarifa de mercado libre implicaría la pérdida automática de la ayuda.
No reunir la documentación completa: entregar la solicitud sin todos los documentos exigidos puede retrasar la tramitación o provocar su denegación. Revise que adjunta copias de NIF/NIE, certificado de empadronamiento, libro de familia, título de familia numerosa o certificados de pensión/Ingreso Mínimo Vital.
Superar los límites de renta: si la renta de la unidad de convivencia supera el límite establecido (1,5 IPREM para consumidores vulnerables; 0,75 IPREM para vulnerables severos), la solicitud puede ser rechazada.
No comunicar cambios en la unidad de convivencia: el beneficiario debe informar al comercializador de cualquier cambio que pueda suponer la pérdida de la condición de vulnerable (por ejemplo, aumento de ingresos, fin de la situación de dependencia, etc.).
Asumir que el Bono Social se concede automáticamente: aunque Gas & Power ofrece canales sencillos de solicitud, el descuento no se aplica hasta que el comercializador verifica la documentación y comunica la aprobación. Mantenga la facturación al día mientras espera la resolución.
Confundir Bono Social eléctrico con Bono Social térmico: el bono térmico no se solicita de forma independiente, sino que se concede automáticamente a quienes ya son beneficiarios del Bono Social eléctrico. Renunciar al bono térmico se realiza a través de las Comunidades Autónomas.
Casos prácticos y situaciones frecuentes
A continuación se presentan algunos ejemplos habituales que ayudan a entender mejor el funcionamiento del Bono Social:
Caso 1 – Familia numerosa con tres hijos
Una unidad de convivencia integrada por dos adultos y tres menores con ingresos conjuntos de 20.000 € al año (inferiores a 2 veces el IPREM) y con título de familia numerosa puede solicitar el Bono Social. Con esa renta y su condición de familia numerosa, la unidad de convivencia se considera vulnerable severa, por lo que obtendrá un descuento del 57,5 % hasta el 31 de diciembre de 2026. El límite anual de energía con derecho a descuento será de 4.761 kWh.
Caso 2 – Pensionista con pensión mínima
Un consumidor pensionista que percibe la cuantía mínima de jubilación y no cuenta con otros ingresos relevantes puede acogerse al Bono Social como consumidor vulnerable. Si su renta anual es inferior a 8.400 € (1 IPREM), podría considerarse vulnerable severo. Para realizar la solicitud deberá aportar el certificado de pensión mínima y la documentación habitual; en el caso de Gas & Power, el descuento aplicable en 2026 sería del 42,5 % para consumidores vulnerables o del 57,5 % para vulnerables severos.
Caso 3 – Beneficiario de Ingreso Mínimo Vital
Una familia compuesta por un adulto y un menor que recibe el Ingreso Mínimo Vital puede solicitar el Bono Social siempre que su potencia contratada no exceda de 10 kW y esté en PVPC. Además, esta unidad de convivencia cumple las condiciones de consumidor vulnerable. El límite de consumo con derecho a descuento será de 2.222 kWh al año (unidad de convivencia de tres personas al incluir un menor).
Caso 4 – Vivienda con discapacidad reconocida
Si en la unidad de convivencia hay una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, el límite de renta para ser considerado vulnerable se incrementa en un IPREM adicional. Esta circunstancia especial beneficia a familias con ingresos ligeramente superiores al límite, permitiéndoles acceder al Bono Social.
Caso 5 – Impago y riesgo de exclusión social
Cuando un consumidor que cumple los requisitos de vulnerable severo es atendido por los servicios sociales de una administración pública que cubre al menos el 50 % de su factura, se le considera en riesgo de exclusión social y no se puede interrumpir su suministro eléctrico. Si existen facturas impagadas, los servicios sociales deben abonar la parte correspondiente antes de que Gas & Power tramite el corte.
Caso 6 – Renovación automática y excepciones
Transcurridos dos años de vigencia del Bono Social, la renovación será automática siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. No obstante, en el caso de familias numerosas o unidades de convivencia en las que un menor cumple 14 años, la renovación no se ejecuta automáticamente y se debe presentar nueva solicitud. Es recomendable marcar en el calendario la fecha de vencimiento para preparar la renovación con tiempo.
Preguntas frecuentes
Es un descuento aplicado por la comercializadora regulada Gas & Power en la factura de electricidad de los clientes que cumplen los requisitos de consumidor vulnerable o vulnerable severo.
No. El Bono Social sólo se aplica a quienes están acogidos al PVPC. Si tienes una tarifa de mercado libre, deberás cambiar a PVPC con Gas & Power antes de solicitarlo.
¿Cuánto dura el Bono Social y cómo se renueva?
El Real Decreto‑ley 2/2026 establece descuentos del 42,5 % para consumidores vulnerables y del 57,5 % para vulnerables severos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.
El consumo que supere el límite anual establecido se factura al PVPC sin descuento. Los límites dependen del número de personas de la unidad de convivencia.
No. El Bono Social Térmico se concede automáticamente a los beneficiarios del Bono Social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.
La comercializadora dispone de 10 días hábiles para comunicar la resolución de la solicitud, una vez recibida la documentación completa.
Si se realiza la solicitud a través del área de cliente, es posible consultar el estado en un plazo estimado de 24 horas. En solicitudes por correo o email, conviene conservar los justificantes para acreditar la fecha de envío.
Gas & Power debe indicar los motivos de la denegación. El consumidor puede presentar reclamación ante los servicios de consumo de su comunidad autónoma.
Sí, siempre que seas el titular del contrato de suministro de la vivienda habitual y cumplas los requisitos de renta o situación social. Si no eres titular, deberás solicitar un cambio de titularidad antes de pedir el Bono Social.
Superar los 10 kW de potencia provoca la pérdida del derecho al Bono Social. Antes de modificar la potencia es recomendable consultar con Gas & Power u otro asesor para valorar el impacto en la factura.
El Bono Social no es compatible con tarifas de mercado libre ni con contratos de autoconsumo con excedentes acogidos al mecanismo de compensación simplificada. Tampoco se aplica a suministros con potencias superiores a 10 kW. En el caso de ayudas autonómicas o locales, conviene consultar las condiciones para confirmar compatibilidad.
Conclusión
El Bono Social de Gas & Power constituye una ayuda imprescindible para muchos hogares que enfrentan situaciones de vulnerabilidad económica o social. Gracias a la normativa vigente, los descuentos del 42,5 % y 57,5 % se mantienen hasta el 31 de diciembre de 2026, lo que supone un alivio en la factura eléctrica para miles de consumidores. Sin embargo, para beneficiarse de esta ayuda es imprescindible cumplir los requisitos de renta, potencia y modalidad PVPC, aportar la documentación necesaria y realizar la solicitud correctamente a través de los canales oficiales.
Conviene revisar periódicamente la situación económica y familiar para evitar la pérdida de la ayuda, así como estar atento a la fecha de renovación. El Bono Social Térmico, gestionado por las Comunidades Autónomas, complementa esta ayuda con una aportación anual destinada a los gastos de calefacción y agua caliente sanitaria.
Para cualquier duda, cambio de tarifa o gestión relacionada con el suministro eléctrico, se recomienda contar con el asesoramiento de especialistas. Grupo Acerca ofrece un servicio de atención personalizado que ayuda a tramitar el Bono Social, comparar planes y resolver incidencias con profesionalidad y rapidez. Puede contactarse en el número 955 449 651 para recibir apoyo experto.

